El incremento de fallecimientos de personas por el coronavirus ha disparado las consultas de los herederos en nuestra asesoría, si por desgracia tienes un familiar fallecido y la renta salía a devolver, estos son los pasos a seguir para poder recibir la devolución.

Cómo tramitar la devolución

Para tramitar la devolución y obtener el pago, los sucesores del fallecido deben cumplimentar el impreso modelo H-100 (Solicitud de pago de devolución a herederos).

De esta forma, se debe acceder a través de la ruta: Todos los trámites/ Impuestos y tasas/ Otros/ Devoluciones a sucesores de personas físicas. Junto con la solicitud se les  va a exigir que aporten una determinada documentación.

Documentación necesaria

Así, para importes inferiores o iguales a 2.000 euros, es preciso aportar certificado de defunción; libro de Familia completo; certificado del Registro de Últimas Voluntades; y testamento, si figura en el certificado de últimas voluntades.

En el caso de que haya varios herederos y se desee que el importe de la devolución sea abonado a uno de ellos, será necesario presentar una autorización escrita y firmada con fotocopia del DNI de todos y cada uno de ellos. Y, finalmente, hay que aportar el certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de las personas que van a cobrar la devolución del IRPF.

Cuando importes superiores a 2.000 euros, además de esta documentación es obligado incluir en la documentación el justificante de haber declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el importe de la devolución del IRPF.

En el caso de existir varios herederos y que el medio de pago elegido sea la transferencia, se precisa el certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de todos los herederos o, en su caso, un poder notarial a favor de ellos.

En La Nube Fiscal hemos tramitado muchas solicitudes de devolución de Renta de un fallecido, si quieres que te ayudemos ponte en contacto con nosotros.

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