Lo esencial en 30 segundos
- Los dividendos van a la base del ahorro, con tipos del 19% al 30%. El tramo máximo subió al 30% en 2025.
- El pagador español retiene el 19% a cuenta. Esa retención no es el impuesto final.
- Con acciones extranjeras te retienen dos veces: fuera y aquí.
- En España solo puedes deducir lo retenido hasta el límite que fija el convenio, no todo lo que te quitaron. El exceso hay que reclamarlo al país de origen.
- Con acciones estadounidenses, el formulario W-8BEN baja la retención del 30% al 15%. Es el trámite que más dinero ahorra y se firma una vez.
- Los gastos de administración y depósito sí se deducen. Las comisiones de compraventa, no.
La fiscalidad de los dividendos parece sencilla hasta que aparece la primera acción extranjera. Entonces te encuentras con que del dividendo bruto llega a tu cuenta poco más de la mitad, y con que en la Renta no puedes recuperar todo lo que te han quitado.
Aquí tienes cómo funciona realmente, dónde está el dinero que se pierde por no hacer un par de trámites, y qué se puede recuperar.
Dónde tributan y a qué tipo
Los dividendos son rendimientos del capital mobiliario y se integran en la base del ahorro, junto con los intereses y las ganancias patrimoniales por venta de activos. Nada que ver con la escala general de las nóminas.
| Base del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
El último tramo pasó del 28% al 30% con efectos desde el 1 de enero de 2025. Si lees en algún sitio que el máximo es el 28%, ese contenido está sin actualizar.
Es una escala progresiva por tramos, así que con 8.000 € de dividendos los primeros 6.000 € tributan al 19% y los 2.000 € restantes al 21%. No se aplica el tipo más alto a todo.
Y no, no existe la exención de los primeros 1.500 €. Se suprimió en 2015 y todavía nos la preguntan cada campaña. Hoy tributa el primer euro.
La retención del 19%: un anticipo, no el impuesto
Cuando cobras un dividendo de una empresa española, o a través de un intermediario español, se te retiene el 19% del importe íntegro. Ese dinero es un pago a cuenta de tu IRPF.
En la declaración calculas lo que realmente te corresponde según tu base del ahorro y restas lo retenido. Si tu tramo efectivo es inferior al 19%, te devuelven. Si es superior, pagas la diferencia.
Gastos que sí puedes restar
De los rendimientos del capital mobiliario se deducen los gastos de administración y depósito de los valores: las comisiones de custodia que te cobra el banco o el bróker.
No se deducen las comisiones de compraventa, que forman parte del valor de adquisición y de transmisión de las acciones, ni los gastos de gestión discrecional de carteras.
Dividendos extranjeros: aquí está el problema
Cuando la empresa es extranjera, el país de origen retiene antes de que el dinero salga de allí. Después, si el dividendo pasa por un intermediario español, este retiene otro 19% sobre el importe íntegro.
El resultado puede ser brutal. Con una acción alemana, entre las dos retenciones se van más del 45% del dividendo bruto.
Lo que casi nadie explica: el límite del convenio
Aquí está la clave de todo el artículo.
La deducción por doble imposición internacional del artículo 80 de la Ley del IRPF permite deducir la menor de dos cantidades:
- El impuesto efectivamente satisfecho en el extranjero, con el límite del tipo máximo que permita el convenio de doble imposición con ese país.
- El resultado de aplicar tu tipo medio efectivo de gravamen a la renta obtenida fuera.
Traducido: si Alemania te retiene el 26,375% pero el convenio con España fija un máximo del 15%, en tu Renta solo puedes deducir ese 15%. El 11,375% restante no se recupera en España. Hay que reclamárselo a la Hacienda alemana.
Mucha gente da por perdido ese dinero simplemente porque nadie se lo ha contado.
Un dividendo alemán de 1.000 €, con y sin reclamar
| Dividendo bruto | 1.000 € |
| Retención alemana (26,375%) | −263,75 € |
| Retención española (19% sobre el bruto) | −190 € |
| Lo que llega a tu cuenta | 546,25 € |
| Cuota española sobre 1.000 € (19%) | 190 € |
| Deducción por doble imposición (tope del convenio, 15%) | −150 € |
| Cuota final en España | 40 € |
| Devolución en la Renta (190 retenidos − 40) | +150 € |
| Neto final sin reclamar a Alemania | 696,25 € |
| Neto si reclamas los 113,75 € a Alemania | 810 € |
La diferencia son 113,75 € por cada 1.000 € de dividendo bruto. Con una cartera de cierto tamaño y varios años, la cifra deja de ser anecdótica.
Retenciones habituales y límite del convenio
| País | Retiene en origen | Tope del convenio | ¿Hay exceso que reclamar? |
|---|---|---|---|
| Estados Unidos | 15% con W-8BEN, 30% sin él | 15% | Solo si no has firmado el W-8BEN |
| Reino Unido | 0% | — | No |
| Francia | 12,8% | 15% | No |
| Países Bajos | 15% | 15% | No |
| Alemania | 26,375% | 15% | Sí |
| Italia | 26% | 15% | Sí |
| Portugal | 28% | 15% | Sí |
| Suiza | 35% | 15% | Sí, y es el mayor de todos |
Esta tabla es orientativa y los tipos cambian. Antes de reclamar, comprueba el convenio vigente con ese país concreto, porque algunos fijan tipos distintos según el porcentaje de participación.
El trámite que más dinero ahorra: el W-8BEN
Si tienes acciones estadounidenses, este es el punto en el que más gente pierde dinero sin saberlo.
Sin el formulario W-8BEN presentado ante tu bróker, Estados Unidos retiene el 30% de tus dividendos. Con él presentado, retiene el 15%, que es el tope del convenio.
Y hay un agravante: como en España solo puedes deducir hasta el 15% del convenio, ese 15% extra que te retienen por no tener el formulario no lo recuperas en tu Renta. Es dinero perdido salvo que inicies una reclamación ante el IRS, mucho más engorrosa que firmar un papel.
Compruébalo hoy. El W-8BEN se firma en la propia plataforma del bróker, caduca a los tres años y se renueva sin coste. Si no recuerdas haberlo firmado, míralo: es la diferencia entre el 15% y el 30% en cada dividendo.
Cómo reclamar el exceso retenido fuera
El procedimiento cambia según el país, pero el esquema es siempre el mismo:
- Certificado de residencia fiscal en España a efectos del convenio, que emite la Agencia Tributaria. Es distinto del certificado de residencia fiscal ordinario: hay que pedir expresamente el que menciona el convenio.
- Formulario del país de destino. En Alemania es el que gestiona la Oficina Federal Central de Impuestos; otros países tienen el suyo.
- Justificantes del bróker con el detalle de cada dividendo y la retención practicada.
- Envío y espera. Los plazos son largos, de seis meses a más de un año según el país.
Dos consejos prácticos. Primero: acumula varios ejercicios antes de reclamar, porque el coste de gestión por operación no compensa con importes pequeños, aunque sin dejar prescribir los plazos del país en cuestión. Segundo: pregunta a tu banco o bróker si puede aplicar directamente el tipo del convenio en el momento del cobro. Algunos lo hacen y te ahorran todo el proceso.
Casos particulares que sí importan
El scrip dividend o dividendo flexible
Muy común en la bolsa española. La empresa te da a elegir entre acciones nuevas, vender los derechos en el mercado o vendérselos a la propia compañía. Y cada opción tributa distinto:
| Qué eliges | Cómo tributa |
|---|---|
| Recibir acciones nuevas | No tributa ahora. El valor de adquisición se reparte entre las antiguas y las nuevas, y aflora al vender |
| Vender los derechos a la propia empresa | Como dividendo: rendimiento del capital mobiliario, con retención |
| Vender los derechos en el mercado | Como ganancia patrimonial, también con retención |
Elegir acciones es la única vía que difiere la tributación. No la elimina, la retrasa.
Prima de emisión y devolución de aportaciones
No son dividendos. La distribución de prima de emisión y la reducción de capital con devolución de aportaciones minoran el valor de adquisición de las participaciones, y solo tributan como rendimiento en la parte que exceda de ese valor. Las reglas cambian según la sociedad cotice o no.
Dividendos de tu propia sociedad
Si eres socio de tu SL y te repartes dividendos, la mecánica es la misma: base del ahorro, retención del 19% e integración en tu Renta. Lo que cambia es la decisión previa, porque ahí compites contra la alternativa de cobrar nómina.
El dividendo ya ha pagado Impuesto sobre Sociedades en la empresa y vuelve a tributar en tu IRPF, sin deducción por doble imposición interna para personas físicas. La nómina es gasto deducible para la sociedad pero va a tu base general. Cuál compensa depende de las cifras, y es una cuenta que conviene hacer antes de cerrar el ejercicio, no después.
Si tienes pérdidas
Los dividendos son rendimientos del capital mobiliario, no ganancias patrimoniales, y eso importa para compensar. Una pérdida por la venta de acciones no se resta directamente de los dividendos: primero se compensa dentro de su propio grupo y solo el saldo negativo que quede puede compensar el otro grupo, con un límite porcentual. El resto se arrastra cuatro años.
No olvides el modelo 720
Si el valor conjunto de tus valores, derechos y participaciones depositados en el extranjero supera los 50.000 €, tienes obligación de presentar el modelo 720. Es una declaración informativa distinta del IRPF y hay que cumplir las dos.
Ojo con los brókeres extranjeros: una cartera en una plataforma sin establecimiento en España entra en ese cómputo.
Cómo se declara
- Los dividendos de fuente española suelen venir cargados en los datos fiscales. Revísalos igualmente.
- Los de brókeres extranjeros normalmente no aparecen. Hay que introducirlos a mano, dividendo a dividendo o agrupados por país.
- Consigna el importe íntegro, antes de retenciones, convertido a euros.
- Indica el país de procedencia y el impuesto satisfecho en el extranjero, para que se calcule la deducción por doble imposición.
- Resta los gastos de administración y depósito.
Guarda el informe fiscal anual del bróker durante cuatro años. Es el documento que sostiene todo lo anterior.
Errores frecuentes
- Declarar el dividendo neto en lugar del íntegro.
- Intentar deducir toda la retención extranjera cuando supera el tope del convenio.
- No presentar el W-8BEN y perder un 15% en cada dividendo estadounidense.
- No declarar los dividendos de brókeres extranjeros porque no vienen en el borrador.
- Olvidar los gastos de administración y depósito.
- Confundir las comisiones de compraventa con gastos deducibles del dividendo.
- Dar por hecho que los primeros 1.500 € están exentos.
- Pasar por alto el modelo 720 con carteras extranjeras por encima de 50.000 €.
Preguntas frecuentes
Me han retenido el 26% en Alemania y el 19% en España. ¿Es correcto?
Sí, es lo habitual si no se ha solicitado la aplicación del convenio en origen. En tu Renta podrás deducir solo hasta el 15% que fija el convenio; el exceso hay que reclamárselo a la Hacienda alemana con un certificado de residencia fiscal.
¿Puedo deducir en España todo lo retenido en el extranjero?
No. La deducción se limita a la menor de dos cantidades: lo pagado fuera con el tope del convenio, o tu tipo medio efectivo aplicado a esa renta. Lo retenido por encima del convenio se reclama al país de origen, no a Hacienda.
¿Qué es el W-8BEN y por qué importa tanto?
Es el formulario que acredita ante el fisco estadounidense que eres residente fiscal en España. Sin él, la retención sobre tus dividendos de EE. UU. es del 30% en lugar del 15%, y ese exceso no se recupera en tu declaración española.
Mis dividendos de Degiro o Interactive Brokers no salen en el borrador. ¿Los declaro igual?
Sí. Que no aparezcan en los datos fiscales no elimina la obligación. Hay que introducirlos manualmente a partir del informe anual del bróker, con el importe íntegro y el impuesto pagado en cada país.
¿Siguen exentos los primeros 1.500 € de dividendos?
No. Esa exención desapareció en 2015. Hoy tributa el importe completo desde el primer euro.
En un scrip dividend, ¿qué conviene elegir fiscalmente?
Recibir acciones nuevas es la única opción que no tributa en ese momento, porque difiere el impacto hasta que vendas. Vender los derechos a la empresa tributa como dividendo y venderlos en el mercado, como ganancia patrimonial.
¿Compensan más los dividendos o la nómina en mi propia sociedad?
Depende de las cifras. El dividendo ya ha tributado en el Impuesto sobre Sociedades y vuelve a hacerlo en tu base del ahorro; la nómina es gasto deducible para la empresa pero va a tu base general. Es un cálculo que conviene hacer antes de cerrar el ejercicio.
¿Tienes cartera internacional?
Revisamos tus informes de bróker, calculamos la deducción por doble imposición con el tope de cada convenio y detectamos cuánto has perdido por retenciones por encima de lo pactado. También preparamos las solicitudes de devolución ante las haciendas extranjeras y comprobamos si te toca el modelo 720.
Contenido informativo elaborado a partir de la Ley 35/2006 del IRPF, los convenios de doble imposición suscritos por España y el manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria. Los tipos de retención en origen varían y deben comprobarse en el convenio aplicable. No sustituye al análisis de un caso concreto.

La liquidación que recibo de Bankinter de los dividendos de acciones del BMW viene con una deducción total de 45,37%, pues Alemania deduce el 26,37% y España 19%. Es correcto?, Encuentro una exageración. Agradecería su asesoramiento.
Saludos
Sí, la retención total del 45,37% sobre los dividendos de BMW que te aplica Bankinter se debe a la doble imposición:
1. Retención en origen (Alemania): Alemania aplica un 26,375% sobre los dividendos de empresas alemanas pagados a no residentes (incluye un 5,5% de recargo de solidaridad sobre la retención estándar del 25%).
2. Retención en destino (España): En España, los dividendos tributan en la base del ahorro del IRPF con una retención del 19%.
Sí es correcto, es la retención estándar aplicable en caso de no haber solicitado la reducción del impuesto en origen.
Pero puedes recuperar parte de lo retenido en Alemania.
¿Cómo recuperar parte de la retención alemana?
España y Alemania tienen un Convenio para evitar la Doble Imposición (CDI), que establece que Alemania solo debería retener un 15% en origen para residentes fiscales en España.
Para recuperar la diferencia entre el 26,375% retenido y el 15% permitido (es decir, un 11,375%), puedes solicitar el reembolso a la Hacienda alemana.
Pasos para solicitar la devolución:
Formulario 85 de la Hacienda Alemana:
Descárgalo de la web del Bundeszentralamt für Steuern (BZSt).
Se llama «Antrag auf Erstattung der deutschen Kapitalertragsteuer».
Sellado por la Agencia Tributaria Española:
Debes acreditarlo con un certificado de residencia fiscal en España.
Envío a la Hacienda alemana (BZSt):
Dirección: Bundeszentralamt für Steuern (BZSt), 53221 Bonn, Alemania.
Tiempo de devolución:
Aproximadamente entre 6 y 12 meses.
Si cobras dividendos alemanes con frecuencia, podrías explorar solicitar directamente a tu banco la aplicación del Convenio de Doble Imposición antes del pago, para evitar la retención excesiva en origen.
Muchas gracias.Comentaré con Bankinter la posibilidad de si pueden aplicar el Convenio de Doble Imposición con el fin de que deduzcan el exceso de retención en el momento del cobro del dividendo.
Si, de momento conozco los posibles caminos de no pagar la doble imposición entera.