Lo esencial en 30 segundos

  • La pregunta no es cuánto facturas, sino cuánto dinero necesitas sacar del negocio para vivir.
  • Si necesitas todo el beneficio, la sociedad rara vez ahorra impuestos: acabas cobrando una nómina que tributa en la misma escala del IRPF, con costes añadidos.
  • La sociedad gana cuando puedes dejar beneficio dentro, para reinvertir o acumular.
  • Tipos del Impuesto sobre Sociedades en 2026: 19% hasta 50.000 € y 21% el resto para microempresas, y 23% para pymes de hasta 10 millones.
  • La responsabilidad limitada protege menos de lo que se cree: los avales personales y las deudas del administrador se saltan el escudo.
  • Y sigues pagando la cuota de autónomo, como autónomo societario.

Es la conversación que tenemos varias veces al mes, y casi siempre empieza igual: alguien ha leído que a partir de cierta cifra de facturación conviene montar una sociedad.

Esa cifra mágica no existe. Lo que sí existe es un conjunto de factores que, combinados, hacen que la respuesta sea sí o no. Vamos a verlos con números.

La pregunta está mal planteada

La comparación que se suele hacer es incompleta. Se enfrenta el tipo del Impuesto sobre Sociedades, que parece bajo, con el marginal del IRPF, que parece alto, y se concluye que a partir de cierto beneficio compensa la sociedad.

El fallo es que ese dinero, en la sociedad, no es tuyo. Es de la sociedad. Para que llegue a tu bolsillo hay que sacarlo, y sacarlo vuelve a tributar.

Por eso la pregunta útil no es cuánto ganas, sino cuánto necesitas sacar. Si necesitas hasta el último euro para vivir, la sociedad tiene poco que ofrecerte en el plano fiscal. Si puedes dejar una parte dentro, ahí empieza a tener sentido.

Las tres diferencias que importan

AutónomoSociedad limitada
Cómo tributa el beneficioIRPF, escala progresiva hasta el 45% y másImpuesto sobre Sociedades, tipo fijo o escalonado
ResponsabilidadIlimitada, con todo tu patrimonioLimitada al capital, con excepciones importantes
Coste de constituciónCeroNotaría, registro y gestión
Coste anual de gestiónBajoContabilidad, cuentas anuales, IS, libros
CotizaciónRETARETA también, como autónomo societario
Flexibilidad para cerrarAlta, una baja censalBaja, hay que liquidar y disolver

La parte fiscal, con los tipos de 2026

Si eres autónomo

El beneficio de tu actividad se suma al resto de tus rentas y tributa en la escala general del IRPF, que es progresiva y llega al 45% y más en los tramos altos, con variaciones según tu comunidad autónoma.

Tributas por todo el beneficio, lo hayas sacado del negocio o no. Si dejas dinero en la cuenta para reinvertir el año que viene, tributas igual.

Si tienes una sociedad

Tipo de entidadTipo en 2026
Microempresa, facturación inferior a 1 millón19% hasta 50.000 € de base y 21% el resto
Pyme de reducida dimensión, de 1 a 10 millones23%
Resto de sociedades25%
Entidad de nueva creación15% el primer ejercicio con base positiva y el siguiente
Sociedad patrimonial25%, sin acceso a los tipos reducidos

Estos tipos vienen de la Ley 7/2024 y bajan de forma escalonada: las pymes de reducida dimensión irán al 22% en 2027, al 21% en 2028 y al 20% a partir de 2029.

Un matiz que casi todos los artículos mezclan. Los tipos de 2026 se aplican a la base imponible del ejercicio 2026, que se declara en 2027. La declaración que se presenta este verano corresponde al ejercicio 2025 y lleva todavía los tipos anteriores: 21% y 22% para microempresas y 24% para reducida dimensión.

El segundo peaje

El dinero que queda en la sociedad ya ha pagado el Impuesto sobre Sociedades. Para llevártelo hay dos vías y ambas vuelven a tributar:

  • Nómina: es gasto deducible para la sociedad, pero va a tu base general del IRPF, en la misma escala progresiva que tendrías siendo autónomo.
  • Dividendo: no es gasto deducible para la sociedad, y además tributa en tu base del ahorro, del 19% al 30%.

Es decir, el beneficio repartido como dividendo paga dos veces: primero en la sociedad y luego en ti, sin deducción por doble imposición para personas físicas.

El cálculo, con números

Caso A: necesitas todo el beneficio para vivir

Beneficio de 60.000 € y los necesitas íntegros.

Como autónomo: tributas por los 60.000 € en la escala del IRPF. Punto.

Como sociedad: te pagas una nómina de 60.000 €, que es gasto deducible, así que la sociedad se queda con base cero y no paga Sociedades. Pero tú tributas por esos 60.000 € en la misma escala del IRPF que antes.

Resultado: prácticamente la misma factura fiscal, más los costes de constituir y mantener la sociedad. La sociedad pierde.

Caso B: puedes dejar beneficio dentro

Beneficio de 100.000 €. Necesitas 45.000 € para vivir y puedes dejar 55.000 € en la empresa para reinvertir.

Como autónomo, tributas por100.000 €
Y los últimos tramos van al marginal más alto45% o más
Como sociedad, nómina deducible45.000 €
Base imponible de la sociedad55.000 €
Impuesto sobre Sociedades (19% de 50.000 + 21% de 5.000)10.550 €
Tipo efectivo sobre el beneficio retenido19,2%

Esos 55.000 € han pagado un 19,2% en lugar del marginal del IRPF. La diferencia es real y se acumula año tras año mientras el dinero siga dentro trabajando.

Las cifras son orientativas. El resultado exacto depende de tu comunidad autónoma, de tu situación familiar, de si tienes otras rentas y de la nómina que te asignes. La comparación hay que hacerla con tus números, no con los de un artículo.

La responsabilidad limitada protege menos de lo que crees

Es el argumento más repetido a favor de la sociedad y también el peor entendido.

Es cierto que, en principio, respondes solo con el capital aportado y no con tu patrimonio personal. Pero hay boquetes importantes:

  • Los avales personales. Cualquier banco que preste a una SL pequeña va a pedir la firma personal del socio. Ahí el escudo desaparece.
  • Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social. El administrador puede responder de ellas por la vía de la derivación de responsabilidad.
  • Los arrendamientos y contratos con garantía personal, que son lo habitual en locales.
  • La responsabilidad del administrador por no disolver la sociedad cuando procede o por actuar sin la diligencia debida.
  • Las deudas por responsabilidad profesional de servicios prestados personalmente.

En la práctica, para un negocio pequeño con financiación bancaria, la protección real es bastante menor de lo que sugiere la teoría. Donde sí funciona de verdad es frente a riesgos operativos y comerciales: impagos de clientes, litigios con proveedores, reclamaciones de terceros.

Lo que cuesta de verdad una SL

Constituirla

Certificación negativa de denominación, escritura ante notario, inscripción en el Registro Mercantil, obtención del NIF y alta censal. Hay que aportar capital social, aunque desde la reforma de 2022 basta con un euro, con reglas específicas de dotación de reserva mientras no se alcancen los 3.000 €.

Mantenerla cada año

  • Contabilidad completa según el Plan General Contable, no un simple libro de ingresos y gastos.
  • Legalización de libros contables.
  • Formulación, aprobación y depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.
  • Impuesto sobre Sociedades, modelo 200, y sus pagos fraccionados con el modelo 202.
  • Modelo 232 de operaciones vinculadas, si superas los umbrales.
  • Los mismos modelos de IVA y retenciones que ya tenías.

El salto de gestión es real. Una asesoría cobra bastante más por llevar una sociedad que por llevar un autónomo, y con razón: es otro volumen de trabajo.

Cerrarla, si no funciona

Disolver y liquidar una sociedad cuesta tiempo y dinero, y requiere pasar otra vez por notaría y registro. Darse de baja como autónomo es un trámite de diez minutos. Esta asimetría se pasa por alto y pesa más de lo que parece cuando el proyecto no sale.

Sigues pagando la cuota de autónomo

Uno de los malentendidos más habituales: montar una sociedad no te saca del RETA. Si eres socio con control efectivo o administrador con funciones de dirección, cotizas como autónomo societario.

Y ahí hay una desventaja añadida: el autónomo societario tiene una base mínima de cotización propia, superior a la del tramo más bajo de la tabla general. Es decir, cotizas más que un autónomo persona física con los mismos ingresos.

Operaciones vinculadas: la letra pequeña

Cuando tienes una sociedad, tú y ella sois partes vinculadas. Todo lo que os cobréis mutuamente tiene que valorarse a precio de mercado y, si se superan ciertos umbrales, documentarse y declararse en el modelo 232.

Esto afecta a tu nómina, a lo que te cobres por un servicio, al alquiler si le cedes un local tuyo y a los préstamos que os hagáis.

Y si tu actividad es profesional, atención a esto. Existe una regla específica para las sociedades de socios profesionales que exige que una parte muy elevada del resultado previo se destine a retribuir a los socios que prestan el servicio. Es el punto donde más regularizaciones se producen en sociedades de abogados, arquitectos, consultores o médicos. Si tu caso es este, no lo montes sin analizarlo antes.

Cuándo sí y cuándo no

Tiene sentido si

  • Puedes dejar beneficio dentro para reinvertir o acumular.
  • Tu beneficio es alto y estable, no un año bueno aislado.
  • Hay riesgo operativo real: obra, inventario, responsabilidad frente a terceros.
  • Vas a incorporar socios o buscar inversión.
  • Tus clientes son grandes empresas o administraciones que valoran o exigen la forma societaria.
  • Planeas vender el negocio en algún momento.
  • Vas a contratar plantilla y crecer en estructura.

No tiene sentido si

  • Necesitas todo el beneficio para vivir.
  • Estás empezando y los ingresos son irregulares.
  • Tu actividad es puramente personal y sin riesgo material.
  • Lo haces solo por la cifra de facturación que has leído en algún sitio.
  • No estás dispuesto a asumir la disciplina contable que exige.

Cómo se da el paso

No existe la «transformación» de autónomo en sociedad. Lo que se hace es constituir la sociedad y trasladarle la actividad, y ahí hay decisiones con consecuencias fiscales.

  1. Constituir la SL y darla de alta censal.
  2. Decidir cómo pasa el negocio: venta de los elementos afectos, aportación no dineraria, o simplemente arrancar de cero y dar de baja la actividad anterior.
  3. Si hay un negocio en marcha con valor, existe un régimen especial de neutralidad fiscal para la aportación de una rama de actividad que permite diferir la tributación. Tiene requisitos y hay que comunicarlo.
  4. Traspasar contratos, clientes, dominios y cuentas.
  5. Reordenar tu situación en el RETA como autónomo societario.
  6. Dar de baja la actividad como persona física cuando corresponda.

Ese paso dos es donde más dinero se gana o se pierde. Hacerlo sin planificar puede generar una ganancia patrimonial evitable.

Errores frecuentes

  • Decidir por la cifra de facturación en lugar de por el beneficio que puedes retener.
  • Comparar el tipo del IS con el marginal del IRPF olvidando el segundo peaje al sacar el dinero.
  • Creer que la sociedad te saca del RETA.
  • Dar por absoluta la responsabilidad limitada cuando has avalado personalmente.
  • Asignarte una nómina simbólica o no asignarte ninguna.
  • Traspasar el negocio sin planificar la fiscalidad de la aportación.
  • Montar una sociedad profesional sin mirar la regla de retribución a los socios.
  • No contar el coste de cerrarla si el proyecto no sale.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué facturación conviene montar una SL?

No existe una cifra. Lo determinante no es la facturación sino el beneficio que puedes dejar dentro de la empresa sin necesitarlo para vivir. Con beneficios que se consumen íntegramente, la sociedad no aporta ahorro fiscal.

¿Dejo de pagar la cuota de autónomo si monto una sociedad?

No. Si eres socio con control efectivo o administrador con funciones de dirección, cotizas como autónomo societario, con una base mínima propia superior a la del tramo más bajo de la tabla general.

¿Qué tipo paga una sociedad pequeña en 2026?

Si facturó menos de un millón de euros el ejercicio anterior, el 19% sobre los primeros 50.000 € de base imponible y el 21% sobre el resto. Entre uno y diez millones, el 23%.

¿Me conviene cobrar nómina o dividendos de mi propia sociedad?

Depende de las cifras. La nómina es gasto deducible para la sociedad pero tributa en tu base general; el dividendo no es deducible y además tributa en tu base del ahorro, de modo que el beneficio paga dos veces. Lo habitual es una combinación, calculada antes de cerrar el ejercicio.

¿Protege realmente mi patrimonio personal una SL?

Solo en parte. Los avales personales, las derivaciones de responsabilidad por deudas con Hacienda o la Seguridad Social y la responsabilidad del administrador pueden alcanzar al patrimonio personal. Donde sí funciona bien es frente a riesgos comerciales y operativos.

¿Puedo transformar mi actividad de autónomo en una sociedad?

No existe una transformación como tal. Se constituye la sociedad y se le traslada la actividad, mediante venta de los elementos afectos, aportación no dineraria o arranque desde cero. Si hay un negocio en marcha con valor, existe un régimen de neutralidad fiscal que permite diferir la tributación, con requisitos propios.

¿Y si monto la sociedad y luego me arrepiento?

Disolver y liquidar una sociedad exige acuerdos, notaría, registro y tiempo. Darse de baja como autónomo es un trámite inmediato. Esa asimetría conviene tenerla presente antes de dar el paso.

¿Quieres hacer el cálculo con tus números?

Comparamos los dos escenarios con tu beneficio real, la nómina que necesitas y tu comunidad autónoma, y te decimos si el ahorro compensa los costes. Si la respuesta es sí, nos ocupamos de la constitución, del traslado de la actividad con la fiscalidad planificada y de la gestión posterior. Y si es no, te lo decimos igual.

Cuéntanos tu caso

Contenido informativo elaborado a partir de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y su disposición transitoria cuadragésima cuarta, la Ley 7/2024, la Ley 35/2006 del IRPF y el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Actualizado en septiembre de 2026. Los tipos se reducen de forma escalonada en los próximos ejercicios. No sustituye al análisis de un caso concreto.