Vender un inmueble en España como no residente implica más que solo encontrar un comprador. El proceso trae consigo una serie de responsabilidades fiscales, siendo una de las más importantes la presentación del Modelo 210. Este modelo está diseñado para regular el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y asegurar que aquellos que no residen en el país cumplan con sus obligaciones fiscales tras la venta de un bien inmueble.

Aunque pueda parecer un proceso complicado, es crucial para evitar sanciones y cumplir con la legislación vigente. Además, existe la posibilidad de que la tributación no siempre resulte en un pago, e incluso podrías obtener una devolución si los números cuadran a tu favor. Vamos a explorar en detalle cómo funciona este mecanismo, la importancia del Modelo 210 y las situaciones donde podrías beneficiarte de una devolución.

El Modelo 210 es un documento fiscal que todo no residente debe presentar cuando obtiene ingresos en España sujetos al IRNR. En el contexto de la venta de un inmueble, este modelo regula la tributación correspondiente a las ganancias obtenidas por la venta. Cuando se realiza una transacción de este tipo, el comprador está obligado a retener el 3% del precio de venta total como un pago adelantado de impuestos.

Como no residente, aunque ya se te haya aplicado esta retención, debes presentar el Modelo 210 para determinar si la cantidad retenida cubre la totalidad del impuesto debido o si, por el contrario, has pagado de más y puedes solicitar una devolución.

En nuestra experiencia en La Nube Fiscal, hemos ayudado a numerosos clientes no residentes en España a cumplir con esta obligación de forma eficaz, lo que ha permitido que, en muchos casos, se les devuelvan cantidades significativas cuando el 3% retenido supera el impuesto real.

Uno de los puntos críticos al vender una propiedad siendo no residente es la retención automática del 3% del precio de venta que el comprador debe pagar directamente a Hacienda. Este porcentaje se aplica como una medida de precaución para asegurar que el vendedor no evada el pago del impuesto correspondiente sobre las ganancias obtenidas.

Imagina que vendes un inmueble por 200,000 €. El comprador, siguiendo la normativa, retiene 6.000 € y los ingresa a la Agencia Tributaria en tu nombre. Este monto es una retención sobre la ganancia potencial que hayas obtenido. Sin embargo, esto no significa que sea el impuesto final a pagar. El Modelo 210 será el documento clave para determinar si debes abonar más o, en ciertos casos, si te corresponde una devolución.

Este proceso ha sido clave en la asesoría que brindamos en La Nube Fiscal, donde muchos de nuestros clientes han descubierto que podían recibir una devolución parcial o total del 3%, ya que el impuesto sobre las ganancias resultó ser menor.

El proceso de liquidación del Modelo 210 debe realizarse dentro de los cuatro meses posteriores a la venta del inmueble. Es fundamental contar con la documentación adecuada, que incluye el contrato de compraventa, el justificante de la retención del 3% y otros documentos financieros que acrediten el valor de adquisición original del inmueble, así como los gastos relacionados con la venta.

En La Nube Fiscal, hemos guiado a nuestros clientes no residentes a lo largo de este proceso, asegurando que todos los papeles estén en orden y que el cálculo del impuesto sea exacto. El procedimiento puede parecer intimidante, pero con el asesoramiento adecuado es posible liquidar correctamente sin contratiempos.

Uno de los aspectos más interesantes del Modelo 210 es la posibilidad de que resulte en una devolución de dinero. Esto sucede cuando el 3% retenido por el comprador es mayor al impuesto real que debes pagar por la ganancia de la venta. La Agencia Tributaria permite que los vendedores no residentes reclamen la diferencia entre la retención y el monto final calculado.

Supongamos que, tras presentar el modelo, descubres que el impuesto que debías pagar era de 4.000 €, pero el comprador ya ha ingresado 6,000 € a Hacienda. En este caso, podrías solicitar la devolución de los 2.000 € adicionales.

Uno de los errores más comunes que observamos es no presentar el Modelo 210 a tiempo, lo que puede acarrear sanciones significativas. Otro error frecuente es calcular incorrectamente el valor de adquisición del inmueble, lo cual puede resultar en una liquidación incorrecta.

Además, es fundamental presentar toda la documentación requerida, desde el comprobante de la retención hasta los gastos relacionados con la venta, como los gastos notariales y los honorarios de agentes inmobiliarios.

El cumplimiento de las obligaciones fiscales tras la venta de un inmueble siendo no residente es esencial para evitar sanciones y asegurar que cualquier posible devolución se tramite correctamente. El Modelo 210 es la herramienta clave en este proceso, y aunque puede parecer complejo, con la asesoría adecuada es posible navegarlo sin problemas.

En La Nube Fiscal, nos enorgullecemos de haber ayudado a numerosos clientes a cumplir con estas obligaciones de manera eficiente, asegurando que todo el proceso fiscal, desde la retención del 3% hasta las devoluciones, se maneje de forma profesional y sin sorpresas.

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