Todos los titulares deben declarar su porcentaje de participación en la cuenta si el saldo total supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Si no se especifica el porcentaje, se asume que es a partes iguales​.


Si eres residente fiscal en España, debes incluir los bienes heredados en el Modelo 720 si a 31 de diciembre superan el umbral de 50.000 euros en su categoría correspondiente​.


Sí, si el valor de la propiedad supera los 50.000 euros. Además, deberás declararla en el ejercicio correspondiente al año de adquisición​.


No es obligatorio informar de cuentas cerradas antes del 31 de diciembre, siempre que no hayas sido titular a final de año ni se hayan producido incrementos significativos en el valor durante el año​.


Sí, los autorizados también deben informar sobre cuentas en el extranjero si el saldo total supera los 50.000 euros. Sin embargo, hay exenciones para algunas cuentas relacionadas con actividades profesionales​.


Si has sido residente fiscal en España durante alguna parte del año, estarás obligado a presentar el Modelo 720 por los bienes que tuvieras en el extranjero hasta la fecha del traslado​.


Si el valor de rescate del seguro a 31 de diciembre supera los 50.000 euros, debe incluirse en el Modelo 720. Esto también aplica a las rentas vitalicias contratadas con entidades extranjeras​.


Aunque las sanciones han sido suavizadas por la sentencia del TJUE, se recomienda regularizar la situación cuanto antes para evitar problemas fiscales mayores​​.


Estas preguntas reflejan situaciones reales y ayudan a resolver dudas específicas sobre el Modelo 720. ¡Si tienes un caso distinto, no dudes en consultarnos!

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