Todos los titulares deben declarar su porcentaje de participación en la cuenta si el saldo total supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Si no se especifica el porcentaje, se asume que es a partes iguales​.


Si eres residente fiscal en España, debes incluir los bienes heredados en el Modelo 720 si a 31 de diciembre superan el umbral de 50.000 euros en su categoría correspondiente​.


Sí, si el valor de la propiedad supera los 50.000 euros. Además, deberás declararla en el ejercicio correspondiente al año de adquisición​.


Depende. Si ya la habías declarado en años anteriores, tienes que informar de la cancelación, con el saldo a la fecha de cierre. Si nunca llegaste a declararla, no basta con fijarse en el saldo a 31 de diciembre: revisa también el saldo medio del último trimestre antes de descartar la obligación.


Sí, los autorizados también deben informar sobre cuentas en el extranjero si el saldo total supera los 50.000 euros. Sin embargo, hay exenciones para algunas cuentas relacionadas con actividades profesionales​.


Si has sido residente fiscal en España durante alguna parte del año, estarás obligado a presentar el Modelo 720 por los bienes que tuvieras en el extranjero hasta la fecha del traslado​.


Si el valor de rescate del seguro a 31 de diciembre supera los 50.000 euros, debe incluirse en el Modelo 720. Esto también aplica a las rentas vitalicias contratadas con entidades extranjeras​.


Aunque las sanciones han sido suavizadas por la sentencia del TJUE, se recomienda regularizar la situación cuanto antes para evitar problemas fiscales mayores​​.


Estas preguntas reflejan situaciones reales y ayudan a resolver dudas específicas sobre el Modelo 720. ¡Si tienes un caso distinto, no dudes en consultarnos!